El PP de Vinaròs insta al gobierno municipal a que suministre al catastro la situación de los suelos urbanizables para que pasen a ser valorados como rústicos

mié, 26 de agosto de 2015
Amat sostiene que es importante que la inacción del gobierno no retrase que los propietarios de terrenos urbanizables se puedan beneficiar de una rebaja del IBI muy importante

El portavoz del PP ha anunciado que presentarán una moción para el próximo pleno solicitando al Gobierno municipal que proporcione a Catastro la información requerida a los efectos de no obstruir la revisión a la baja de los valores catastrales del suelo urbanizable, ya solicitada en la anterior legislatura por el Gobierno del PP, y que fruto de la reciente reforma de la Ley Hipotecaria y del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, adoptada por el Gobierno de la nación, y publicada en el BOE el pasado 25 de junio, se establece por ley la obligación de valorar estos suelos como rústicos, a efectos catastrales.

Amat sostenía “la revisión a la baja de los valores del suelo urbanizable que solicitamos en 2013 a la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón, cuando éramos gobierno, ahora se impone por ley, solucionando el problema que sufrían muchos propietarios de parcelas que pagaban unos impuestos desproporcionados atendiendo al valor real de sus propiedades. Y lo que pedimos con la moción es que el Ayuntamiento reaccione y no obstaculice que los vinarocenses se puedan beneficiar de forma inmediata de esta medida, puesto que para que Catastro materialice la revisión a la baja requiere de documentación que ha de proporcionar el Ayuntamiento”

El cambio normativo establece que los suelos urbanizables que “no estén desarrollados” serán calificados como suelo de naturaleza rústica en lugar de suelos de naturaleza urbana, a efecto de su valoración catastral. De este modo los contribuyentes pagarán la contribución rústica y no urbana de estos terrenos, hasta que cuenten con infraestructuras de saneamiento y agua potable, por ejemplo.

Se establece como requisito para que el suelo urbanizable se califique de urbano a efectos catastrales, además de que se encuentre en sectores o ámbitos espaciales delimitados, que cuente con las determinaciones de ordenación detallada o pormenorizada, de acuerdo con la legislación urbanística aplicable.

Por tanto se procede a la modificación del valor catastral de un terreno pero no su calificación en el PGOU, así un suelo urbanizable seguirá siendo urbanizable, aunque pagará como rústico hasta que sea desarrollado. Por tanto, no se trata de un cambio de la calificación urbanística del suelo, sino de la calificación únicamente a efectos catastrales. Esto es, si un zona está definida como suelo urbanizable, seguirá siéndolo, y las edificaciones que en el mismo existan se encontrarán en la misma situación urbanística que estaban antes de la aprobación de la ley 13/2015.

Al mismo tiempo se establece la obligación a cargo de los municipios de comunicar al Catastro la situación urbanística de sus suelos urbanizables con el objeto de que puedan pasar a suelo rústico a efectos catastrales los que carezcan de ordenación detallada o pormenorizada.

El portavoz del grupo popular, ha alertado de la necesidad de que el Ayuntamiento suministre la información requerida al Catastro para que éste a su vez materialice la revisión aludida con anterioridad a acabar el 2015, para que los vinarocenses propietarios de terrenos calificados como urbanizable vean reducidas de forma considerable su recibo de la contribución, entre otros impuestos, en el ejercicio 2016.

Para ello refería Amat solicitarán en el próximo pleno que el Ayuntamiento de Vinaròs atienda inmediatamente su obligación de suministrar a la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón la situación urbanística de los suelos urbanizables, con el objeto de que puedan pasar a ser valorados como suelo rústico a efectos catastrales, los que carezcan de ordenación detallada o pormenorizada.

A la vez que se propone al gobierno municipal que inste a la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón a que proceda a valorar inmediatamente los suelos urbanizables incluidos en sectores o ámbitos delimitados, cuando no cuenten con dicha ordenación (plan parcial o similar), como suelos de naturaleza rústica. Dando prioridad al municipio de Vinaròs respecto a otros, atendiendo al hecho de que con anterioridad a las reformas legislativas adoptadas recientemente, ya se solicitó, mediante acuerdo de pleno de septiembre de 2013, a propuesta del grupo popular.

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